The public auction with a single bidder: legal nature, purposes and implications
DOI:
https://doi.org/10.21803/pensam.v12i22.247Keywords:
Subasta pública, único oferente, libre competencia, naturaleza jurídica y fines de la subasta contrataciónAbstract
En este arti?culo de investigacio?n tiene como finalidad establecer de que? manera la existencia de un u?nico oferente constituye -o no- una vulneracio?n al derecho constitucionalmente protegido de la libre competencia econo?mica y bajo que? presupuestos se podri?a validar la subasta pu?blica desde sus fines y su naturaleza juri?dica, Lo anterior mediante un profundo ana?lisis de las sentencias que han sido hito y han sido un punto de partida de despliegue jurisprudencial en las altas cortes, teniendo en cuenta los casos del tercer canal de televisio?n y de ISAGEN. En este escrito se abordara? una defensa a la subasta pu?blica con u?nico oferente, dado que a nivel nacional se ha adoptado que esta solo es procedente cuando existe una pluralidad de interesados en aras del principio que permite una seleccio?n objetiva, transparencia y moralidad, en concordancia con el tipo de seleccio?n acordada. La subasta pu?blica, su naturaleza juri?dica y su finalidad en caso tal que se valide deben estar acorde no solo a la normatividad sino tambie?n a los principios generales del derecho administrativo y de la contratacio?n.
Palabras Claves: Subasta pu?blica, u?nico oferente, libre competencia, naturaleza juri?dica y fines de la subasta contratacio?n estatal.
Abstract
This research article aims to establish how the existence of a single offeror constitutes - or not - a violation of the free competition economic rights and how the public auction could be valid from it's objectives and legal nature, the above, through an in-depth of the judgments analysis that were frames and has been a starting point of the law implementation cases in the superior courts, taking into consideration the cases of the third television channel and ISAGEN. This document will address a defense for the public auction with a single bidder, since at the national level it has been adopted that it's appropriate when there is a plurality of interested parties due to the principle that allows an objective selection, transparency and morality, in accordance with the modality of agreed selection. The legal nature and purpose of the public auction in case of validity must be consistent not only with the regulations, but also with the general principles of administrative law and contracting.
Keywords: Public auction, sole bidder, free competition, legal nature and state contract auction purposes.
Resumen
Este artigo de pesquisa tem por finalidade estabelecer de que maneira a existe?ncia de um u?nico licitante constitui – ou na?o – uma vulnerac?a?o ao direito constitucionalmente protegido da livre compete?ncia econo?mica e sob que pressuposto se podia validar o leila?o pu?blico desde seus fins e sua natureza juri?dica. Isto mediante um profundo ana?lise das sentencias que foram marcos e ponto de partida jurisprudencial nas Altas Cortes (Insta?ncias), tendo em conta os casos do terceiro canal de televisa?o e de ISAGEN. Neste escrito se abordara? uma defesa do leila?o pu?blico com u?nico licitante, dado que a ni?vel nacional se adotou que este so? e? procedente quando existe uma pluralidade de interessados, por uma questa?o de princi?pios, que permitem uma selec?a?o objetiva, transpare?ncia e moralidade, concorde com o tipo de selec?a?o acordada. O leila?o pu?blico, sua natureza juri?dica e sua finalidade no caso tal que se valide devem estar acordes na?o somente a? normatividade, mas tambe?m aos princi?pios gerais do direito administrativo e da contratac?a?o.
Palavras-chave: leila?o pu?blico; u?nico licitante, libre compete?ncia, natureza juri?dica e fins do leila?o de contrato estatal
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References
Ariza, W. (29 de junio de 2010). Si hay subasta de uno. Bogotá, Colombia: Portafolio. Recuperado de:
http://www.portafolio.co/opinion/weiner-ariza/hay-subasta-137530.
Blanquer, D. (2013). Los contratos del sector público. Valen- cia, España: Tirant lo blanch. Bobbio, N. Teoría general del derecho. Bogotá, Colombia: Temis.
Boquera Oliver, J. (1963). Los procedimientos de Selección de Contratistas. Madrid, España: Instituto de Estudios Políticos.
Comanducci, P. (2011). La interpretación jurídica. En Ferrer Beltrán, J. & Battista Ratti, G. (Coord.), Realismo jurídico genovés. (pp. 52-70). Madrid, España: Marcial Pons.
Congreso de la República de Colombia (12 de julio de 2011). Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. [Ley 1474 de 2011]. DO: 48.128.
Congreso de la República de Colombia (16 de julio de 2007). Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos. [Ley 1150 de 2007]. DO: 46.691.
Congreso de la República de Colombia (18 de enero de 2011). Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. [Ley 1437 de 2011]. DO: 47.956.
Congreso de la República de Colombia (30 de julio de 2009). Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones. [Ley 1341 de 2009]. DO: 47.426.
Congreso de la República de Colombia. (16 de junio 1971). Código de Comercio [C. Co]. [Decreto 140 de 1971]. DO: 33.339
Congreso de la República de Colombia. (20 de diciembre de 1995). Por la cual se desarrolla el artículo 60 de la Constitución Política en cuanto a la enajenación de la propiedad accionaria estatal, se toman medidas para su democratización y se dictan otras disposiciones. [Ley 226 de 1995]. DO: 42.159.
Congreso de la Republica de Colombia. (28 de octubre de 1993). Estatuto General de Contratación de la Admi- nistración Pública. [Ley 80 de 1993]. DO: 41.094
Congreso de la República de Colombia. (31 de mayo 1873). Código Civil [CC]. [Ley 57 de 1887]. DO: 2.867.
Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. (25 de febrero de 2010). Sentencia. Exp. 11001-03-06-000- 2009-00049-00. [CP. William Zambrano].
Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. (5 de octubre de 2009) Sentencia. Exp. 11001-03-06-000- 2009-00049-00. [CP. William Zambrano].
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección tercera-subsección b (27 de marzo de 2014). Exp. 25000-23-15-000-2010-02404-01. [CP. Stella Díaz].
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta, (10 de septiembre de 2015). Exp. 11001- 03-26-000-2014-00054-00 [CP. Hugo Bastidas].
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta, (2 de diciembre de 2015), exp. 11001- 03-27-000-2015-00044-00(21848) [C.P Octavio Ramírez].
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. (12 de enero de 2016). Rad. 11001-03- 27-000-2015-00044-00-21848. [CP. Jorge Ramirez].
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. (3 de agosto de 2016). Rad.
-21848). [CP. Jorge Ramirez].
Consejo de Estado. Sección tercera (19 de julio de 2010). Sentencia. Exp. 11001-03-26- 000-2010-00036- 00(38924). [CP. Mauricio Fajardo].
Corte Constitucional de Colombia. (22 de agosto de 2001). Sentencia C-892, 2001. MP: RODRIGO ESCOBAR GIL.
Cueto, M. (2008). Procedimiento administrativo, sujetos privados y funciones públicas. España: Thomson Civitas.
Daza, M. (18 de enero de 2016). 5 razones del porqué y del porqué no se deben vender ISAGEN. [Blog]. Recuperado de: http://derechopublicomd.blogspot.com.co/2016/01/5-razones-del-porque-y-del-porque-no-se.html.
Deik, C. (2014). Guía de contratación estatal: Deber de planeación y modalidades de selección.
Guastini, R. (2011). Contribución a la teoría del ordenamiento jurídico. En Ferrer Beltrán, J. & Battista Ratti, G. (Coord.), Realismo jurídico genovés. (pp. 81-116). Madrid, España: Marcial Pons.
Guillén, J. (2005). Libre competencia y Estado autonómico. España: Marcial Pons.
López, M. D. E. (2002). Manual de Interpretación Constitucional. Consejo Superior de la Judicatura. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.
López, M. D. E. (2006). El derecho de los jueces. Bogotá, Colombia: Legis. 2a ed.
Manjarrés, D. A. y Ortiz, S. M. (2012). La concurrencia de proponentes en la subasta inversa. [Monografía]. Bogotá, 69 Colombia: Universidad Militar Nueva Granada. Recuperado de:
http://repository.unimilitar.edu.co/handle/10654/9228.
Matallana, E. (2015). Manual de contratación de la administración pública. Bogotá, Colombia: Universidad Externado de Colombia.
Meilán, J. L. (2011). Categorías jurídicas en el derecho administrativo. España: Iustel.
Mir, P. (2004). Globalización, Estado y Derecho. Las transformaciones recientes del Derecho Administrativo. España: Thomson Civitas.
Molano, M. R. (2009). La Nueva Estructura de los Procesos Selectivos en la Contratación Estatal. Bogotá, Colombia: Editorial Nueva Jurídica.
Navarro, C. E (2015). La selección de oferente mediante la modalidad de subasta inversa en la contratación estatal colombiana. Bogotá, Colombia: Universidad Militar Nueva Granada.
Pérez, D. A. (2015). La contratación pública a través de la subasta inversa un estudio de revisión en Colombia, Perú y Ecuador [Monografía]. Bogotá: Universidad Católica de Colombia. Recuperado de:
http://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/8259/4/trabajo%20de%20grado.pdf
Presidente de la Nación Argentina (30 de mayo de 2000). Reglamento para la adquisición, enajenación y contratación de bienes y servicios del Estado Nacional. [Decreto 436 de 2000].
Presidente de la Republica de Colombia (13 de abril de 2012). Por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones. [Decreto 734 de 2012]. DO: 48.400.
Presidente de la Republica de Colombia (16 de mayo de 1992). Por el cual se reglamentan la celebración de los contratos a que refiere el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política. [Decreto 777 de 1992]. DO: 40.451.
Presidente de la Republica de Colombia (20 de abril de 1993). Por medio del cual se reglamenta la telefonía
móvil celular. [Decreto 741 de 1993]. DO: 40.838.
Presidente de la Republica de Colombia (23 de enero de 2017). Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política. [Decreto 92 de 2017]. DO: 50.125.
Presidente de la Republica de Colombia (26 de mayo 2015). Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planea- ción nacional. [Decreto 1082 de 2015]. DO: 49.523.
Rey de España (30 de octubre de 2007). Ley de contratos del sector Público. [Ley 30 de 2007]
Sánchez, A. F. (2007). Como violar las normas de contratación estatal. Bogotá, Colombia: Ediciones Doctrina y Ley.
Suárez Beltrán, G. (2014). Estudios de derecho contractual público. Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá. Legis: Primera Edición.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sección Primera, Subsección A (25 de enero de 2016). Rad. 25000-23- 41-000-2016-00106-01. CP: Solarte Maya.
Universidad de Medellín. (2014). Modalidades de selección. Selección abreviada. [Notas de Clases] Facultad de Derecho - Especialización en Contratación Estatal virtual, Medellín, Colombia.
Vélez, L. G. (12 de enero de 2016). Una propuesta liberta- ria, igualitaria, popular y democrática sobre ISAGEN [Blog]. Recuperado de: http://luisguillermovelezal- varez.blogspot.com.co/2016/01/una-propuesta-libertaria-igualitaria.html
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